Elevan el monto a seguro depósitos
» Cuando un banco quiebre o entre en insolvencia, se asegurarán ahorros hasta por $9 mil

El Diario de Hoy
Viernes, 1 de Enero de 2010
A partir de ayer, 1 de enero de 2010, el Instituto de Garantía de Depósitos (IGD) aumentó el monto garantizado de los ahorros que el público posee en los bancos del sistema, pasando éste de 8,500 dólares a 9,000, según informó la presidenta de esa institución, Ana Graciela Trejo Padilla.

Esto quiere decir que cuando un banco quiebre o entre en un proceso de insolvencia, que obligue a la Superintendencia del Sistema Financiero a intervenirlo, el IGD garantizará la devolución de los depósitos de todas aquellas personas que tengan en sus cuentas de ahorro hasta 9,000 dólares.

Esta garantía también aplica en el caso de los bancos cooperativos, cajas de ahorro y crédito y las instituciones financieras.

Dicho incremento, añadió Trejo, se determinó con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre octubre de 2007 y octubre de 2009.

Este ajuste se realizó con base en lo que establece la Ley de Bancos en su artículo 167 inciso tercero, el cual señala que la Superintendencia del Sistema Financiero cada 2 años, tomando como base el IPC y previa opinión del Banco Central de Reserva, deberá actualizar el monto de la garantía, con objeto de mantener su valor real.

Con este aumento en el valor de la garantía de depósitos, es la quinta vez que se realiza el ajuste desde que inició operaciones el Instituto de Garantías en noviembre de 1999.

Los cuatro ajustes anteriores se efectuaron en 2002, 2004, 2006 y 2008. Esto ha significado un aumento con relación a 2008 del 5.88 por ciento y un aumento acumulado cercano al 43.18 por ciento.

Este aumento en la garantía establecido por Ley, señala el Instituto de Garantía de Depósitos, busca incrementar la protección a los depositantes y mantener el valor de la garantía de los depósitos.

Actualmente los depósitos garantizados por el IGD representan alrededor del 30 por ciento de los depósitos totales de sus instituciones miembros, aunque el 90 por ciento de los depositantes mantienen saldos por debajo del límite de la garantía.

El Instituto, comenzó sus operaciones a partir del 1 de noviembre de 1999, y su actividad esta definida y reguladas principalmente por la Ley de Bancos.

El 21 de agosto de 2002, la Asamblea Legislativa, por medio del Decreto Legislativo No. 955, aprobó modificaciones a la Ley de Bancos, incluyendo aspectos relacionados con las funciones del IGD, como la forma de participación en procesos de reestructuración de sus instituciones miembros.

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