resumen noticias

Se reaviva polémica entre autor y VMT por uso de manual vial

La resolución reclama a la institución gubernamental que se de continuidad al manual del conductor elaborado por Óscar Rivas. Además indemnizarlo por daños y prejuicios respecto a la elaboración e impresión del documento, aunque no indica cantidades

Regina Miranda nacional @eldiariodehoy.com Domingo, 12 de Agosto de 2012

Hace un año la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó al Viceministerio de Transporte (VMT) que siguiera utilizando el Manual del Conductor del profesor Óscar Orlando Rivas Flores, pero el autor detalla que el VMT no ha atendido la sentencia.

En el año 2000, el entonces director general de Tránsito y Transporte Terrestre, Jorge Viale Cruz, firmó un convenio por cinco años prorrogables, donde le da potestad a Rivas Flores de suplir del folleto a las diferentes escuelas y casa tramitadoras de manejo.

En 2006, según lo explicó el profesor, solicitó al VMT una nueva prórroga, pero no recibió respuesta alguna, el plazo por otros cinco años procedió automáticamente debido a una cláusula establecida en ese momento por el jurídico del VMT.

Pero a inicios de 2008 el viceministerio dejó sin efecto el convenio y avaló a las diferentes escuelas de manejo y examinadoras que distribuyeran ellas mismas el manual, de acuerdo con su conveniencia.

Ese mismo año, Rivas Flores se presentó a la Corte Suprema de Justicia para iniciar un proceso legal, reclamando que se le reconociera su trabajo y para hacer cumplir el acuerdo pactado.

Pero en una notificación hecha por Nelson García, actual viceministro de Transporte, expone a la Sala de lo Contencioso que revoca (o deja sin efecto) el acuerdo firmado en el año 2000.

Esto bajo los argumentos que es simplemente un "acto administrativo de autorización y no de un contrato administrativo", como la parte demandante lo ha interpretado, especifica García cuando expuso sus argumentos ante la sala del máximo tribunal de justicia.

"De lo anterior es notorio que el acto al que se le pretende dar el seudónimo de acuerdo deviene de un acto administrativo de autorización y no de un contrato administrativo, como la parte del demandante lo ha interpretado", según prosigue el argumento de García con fecha 9 de julio de 2009.

Al final dice: "Podemos concluir que el acto al cual la parte demandante define como contrato administrativo, no lo es... es eminentemente un acto de autorización, por más prórrogas o adendas que este hubiese sufrido... pues como se ha determinado por tratarse de un acto de autorización, los efectos contenidos se extinguen de diferente forma, siendo una de ellas la revocación figura jurídica aplicada al presente caso", continúa el texto.

García, titular del VMT, también argumenta que la exclusividad con la que gozaba el profesor Rivas Flores, atenta con la libertad de contratación de las Escuelas de Capacitación Integral, Empresas Examinadoras y Escuelas de Manejo, poniendo en desventaja a las mismas.

Asimismo, detalla que el folleto ya no respondía a las necesidades propias de la enseñanza en materia de tránsito para los futuros conductores, sino que por el contrario, se convirtió en un serio peligro para la enseñanza por transmitir conocimientos que nos son aplicables en el país.

Pero este alegato fue refutado por el mismo demandante, ya que explicó que luego de autorizarle la elaboración y distribución del folleto manual del conductor, se le encomendó en 2005 la realización del folleto manual para el conductor de vehículos pesados, pero este nunca fue difundido por el Viceministerio de Transporte.

Errores

Cuando las empresas fueron autorizadas en mayo de 2008 para distribuir manuales, estos presentaron una serie de errores.

Entre ellos la escasa información que proporcionaban sobre la importancia del cinturón de seguridad, sin mencionar que este es de carácter obligatorio.

Sonia Alejandra de Aguilar, gerente general de Automóvil Club de El Salvador (ACES), opinó que desde un inicio únicamente se basaron en el Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y el Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial, por lo que considera que el documento que entregan a los futuros conductores es completado.

Añadió que ellos como empresa de enseñanza de manejo refuerzan con clases teóricas y prácticas la educación vial, lo cual es dado por instructores a los alumnos.

Además, considera que no es sano que una sola persona tenga la personería jurídica o exclusividad en la elaboración del manual, sino que deberá ser a criterio de cada empresa.

"Nosotros tenemos que obedecer lo que el VMT nos diga", respondió De Aguilar, quien manifestó que no han tenido notificación sobre resolución alguna.

Actualmente ACES cobra 17 dólares, solo por examinarse, donde se le entrega el manual para que los aspirantes lo lean en sus casas para después examinarse.

"Ellos (aspirante) repasan el documento en casa, porque si no lo leen, claro no pasan el examen", agregó de Aguilar.

García dijo en días pasados que desconocía la sentencia del máximo tribunal jurisdiccional del país en esa materia, aunque recordó que los procesos de demanda iniciaron durante las administraciones anteriores.

La resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo también ordena al VMT indemnizar al demandante por daños y perjuicios.