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Transfiera estatus legal a sus hijos
La semana pasada hablamos del derecho a la doble
nacionalidad que gozan los menores de edad nacidos en los Estados
Unidos, sólo por ser hijos de salvadoreños. Hoy abordaremos
la transferencia de la ciudadanía estadounidense.
Es un proceso que facilita la adquisición del estatus de
nacionalidad estadounidense a los hijos de norteamericanos que por
diversas circunstancias nacieron fuera de su país.
El trámite debe realizarse en la Embajada estadounidense
en nuestro país, pero para poder aplicar al proceso uno de
los padres debe haber sido ciudadano estadounidense antes del nacimiento
del menor a transferir.
Se debe presentar evidencia de la ciudadanía del padre ya
sea su partida de nacimiento o certificado de naturalización.
La partida de nacimiento del menor en original, los plantares y
cualquier otra evidencia de la paternidad.
Asimismo deben presentarse las declaraciones de impuestos del padre
o madre de los últimos cinco años, y se deben llenar
los formularios correspondientes, el Reporte Consular de Nacimiento
fuera de Estados Unidos, y la aplicación para la obtención
del Pasaporte estadounidense.
El proceso es bastante rápido, si todo está en orden
en cuestión de una semana ya se tiene el pasaporte estadounidense
solicitado para el menor.
* Coimsal Consultoría en Inmigración
y Negocios Salvadoreño Americana. Tels.: 2273- 31 36 / 2275-
95 08 / 2275- 95 09
Para obtener copia de sus antecedentes
Muchas personas, principalmente cuando están
siendo procesadas bajo determinados programas migratorios, se ven
en la necesidad, como parte del proceso, de obtener una copia de
su récord migratorio o criminal.
El tener antecedentes criminales y con Inmigración es un
obstáculo a la hora de legalizar el status, y dependerá
de cada caso, si se puede superar dicho proceso o no.
El expediente criminal se obtiene en la Corte donde fue adjudicado
el caso del interesado, se recomienda obtener una copia sobre el
documento acusatorio, así como sobre las disposiciones finales
del mismo.
Los expedientes migratorios los puede obtener a través del
formulario G-639 (Freedom of Information/Privacy Act Request), conocida
como FOIA y se solicita ante la Oficina de Inmigración donde
tuvo lugar el caso.
Quienes tienen antecedentes criminales y desean conocer su expediente
del FBI deben obtener su archivo criminal o rap shet,
en el cual aparece todo el historial criminal, arrestos, aun si
no fueron condenados.
Lo importante es que se realice el procedimiento ante la entidad
correspondiente y no solicitar, por ejemplo, copias del archivo
criminal a Inmigración o viceversa, ya que no habrá
futuro en ello.
Se recomienda consultar con un abogado de inmigración.
* Coimsal Consultoría en Inmigración y Negocios Salvadoreño
Americana. Tels.: 2273- 31 36 / 2275- 95 08 / 2275- 95 09
Conozca del matrimonio en EE.UU.
Existen muchas creencias erróneas respecto
a los matrimonios que se efectúan dentro de Estados Unidos
en cuanto al proceso, los derechos, estatus migratorios, entre otros.
Comenzaremos diciendo que existen diferencias entre la celebración
de un matrimonio en El Salvador y ese país. Cada estado establece
sus propias leyes en cuanto al matrimonio.
En California para contraer nupcias no basta con la celebración
del contrato civil entre las partes, se necesita tramitar una licencia
y la solemnidad del caso de acuerdo a la ley de California.
Se debe ser mayor de 18 años, o menor, siempre y cuando exista
un consentimiento expreso de los padres o tutores del contrayente.
Pero antes de poder casarse se debe obtener la Licencia de Matrimonio
por parte del secretario del Condado, la cual expira a los 90 días
desde su expedición, es decir, que el matrimonio debe celebrase
antes de ese plazo.
Si una persona ha contraído matrimonio en el extranjero no
puede hacerlo en Estados Unidos, es falsa la premisa que los matrimonios
fuera de Estados Unidos no son válidos. Hoy en día
se acostumbra redactar un acuerdo prematrimonial, respecto a los
bienes, derechos, propiedades, que se hace efectivo luego de contraídas
las nupcias; sin embargo, no hay ley que lo exija.
* Coimsal
Consultoría en Inmigración y Negocios Salvadoreño
Americana. Tels.: 2273- 31 36 / 2275- 95 08 / 2275- 95 09.
Entiendo las leyes de EE.UU.
Estados Unidos divide sus leyes en dos: leyes Civiles
y Penales y éstas a su vez se subdividen en estatales y federales.
Las civiles se refieren a los actos ilícitos no penales que
se realizan entre individuos, en los cuales las partes involucradas
pueden llevar a cabo una acción legal en contra de cada una.
El fin último es obtener una compensación económica
o resarcir daños. Por su parte, a la ley penal competen los
actos que son en contra o dañinos a la sociedad.
Un acusado de un caso criminal puede contratar un abogado o el Estado
a través de la corte le proporciona uno. El Derecho de recibir
consejo legal en un proceso penal está garantizado en la
Sexta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos.
Hay crímenes que se rigen por las leyes del Estado y otros
por la Ley Federal. Los crímenes a nivel Estatal se rigen
por la Constitución del Estado y por las leyes creadas por
los legisladores estatales.
Mientras que un crimen es procesado bajo la Ley Federal cuando éste
se ha cometido en contra de una agencia de Estados Unidos de América
o de un individuo representando a los mismos; asimismo, comprende
aquellos actos en contra de la Ley Federal o de la Constitución.
Las leyes de Inmigración por tanto, son leyes Federales.
Coimsal
Consultoría en Inmigración y
Negocios Salvadoreño Americana.
Tels.: 2273- 31 36 /2275- 95 08 / 2275- 95 09.
Abra un negocio en EE.UU.
Muchas personas tienen la inquietud de invertir o
comerciar con Estados Unidos, lo cual es factible siempre y cuando
se acaten las disposiciones y se cumplan las normativas que dicho
país establece.
Existen diversas formas de hacer negocios, ya sea exportando, abriendo
un negocio, o por medio de un joint venture, es decir, una compañía
de participación limitada, entre otros.
Lo importante es tener claro qué es lo que se desea hacer,
conocer los requerimientos y cumplirlos. Si pretende exportar productos,
primero debe tener en orden el negocio en El Salvador, registrarlo
en Hacienda y en el Centro de Trámites de Exportación,
Centrex.
Si son productos agrícolas, alimentos o de consumo humano,
debe cumplir con los registros zoo y fitosanitarios, los controles
de empaque y etiquetado, y las normas de la Administración
de Alimentos y Drogas, FDA. Con la entrada en vigor de la Ley de
Bioterrorismo en el año 2002, existen nuevas disposiciones.
Dependiendo del tipo de producto a introducir, pueden intervenir
otras dependencias como el Servicio de Inspección de Animales
y Plantas, el Buró de Alcohol, entre otros.
Recuerde que con visa de turista, no está autorizado a introducir
en maletas productos para venderlos en ese país.
Coimsal
Consultoría en Inmigración y
Negocios Salvadoreño Americana.
Tels.: 2273- 31 36 /2275- 95 08 / 2275- 95 09.
La deportación
Hasta que un extranjero pueda convertirse en ciudadano
de Los Estados Unidos existe la posibilidad que pueda ser deportado
por ciertas faltas.
Esta situación aplica a personas con visas de cualquier clasificación
y también a Residentes Legales Permanentes. Algunas de las
ofensas que pueden terminar en una deportación son:
Pertenecer a una de las categorías de inadmisibilidad, haber
ingresado indocumentadamente, no cumplir con los requisitos del
status de no inmigrante, ser culpable de alguna felonía (delito
mayor), entre otras circunstancias.
Un extranjero tiene derecho a ser notificado de los cargos que se
le imputan con anticipación a fin de preparar su caso y ser
representado por un Abogado de Inmigración.
Como la deportación no es un caso criminal sino civil, El
Estado no proporciona el abogado sino que debe ser particular
En ocasiones se le permite al extranjero abandonar voluntariamente
Los Estados Unidos antes que una orden de deportación sea
expedida. La salida voluntaria permite al extranjero no ser sancionado
por un período de 5 años, dependiendo del caso.
En una audiencia de deportación se puede solicitar al Juez
de Inmigración nos permita la salida voluntaria.
La deportación puede ser suspendida en los casos que se pruebe
que la vida del extranjero o su integridad pueden estar en peligro
de regresar a su país de origen. Sin embargo hay casos en
los que puede ser deportado a otro país.
Cambios en los procesos y los costos
Recientemente el Gobierno de los Estados Unidos implementó
un programa piloto de extensión del programa US visit
en siete de los principales aeropuertos de la nación.
El nuevo procedimiento consiste en que el extranjero deberá
registrar su salida del país.
Para hacerlo, deberá acercarse a los quioscos electrónicos
habilitados para tal fin y en ellos escaneará sus documentos
de viaje, la máquina le tomará una fotografía
digital, y deberá, además, estampar sus huellas dactilares.
Al finalizar el proceso recibirá un tiquete con un código
electrónico que confirma la realización del trámite.
El proceso es rápido, demora en promedio dos minutos.
De acuerdo a lo expresado por las autoridades de Inmigración
estadounidenses, el sistema espera implementarse en todos los aeropuertos
para finales del año.
Hoy por hoy, no existe penalización por no hacer el trámite
pero en el futuro se espera que las personas se acojan a la medida.
De igual forma, para 2006 se prevé un aumento en las tarifas
de los procesos
migratorios.
La Oficina de Ciudadanía y Servicios Migratorios tiene el
aval del Congreso para revisar sus tarifas.
En 2004 hubo un aumento promedio de $55 en todos los servicios,
excepto el visado de turista; ante el anuncio habrá que permanecer
a la expectativa.
Lo que dice la ley penal de EE.UU.
Las leyes penales castigan las acciones dañinas
para la sociedad. Los acusados de procesos criminales en Estados
Unidos pueden contratar asesoría legal para que les represente,
y si no pueden pagarlo, el Gobierno les provee de un abogado. Éste
es un derecho garantizado en la Sexta Enmienda de la Constitución
de Estados Unidos.
El Código Penal define el crimen como un acto cometido
u omitido en violación a la ley que lo prohíbe o lo
ordena y con convicción. El mismo trae como consecuencia
la aplicación de penas como: muerte, encarcelamiento, multa,
remoción del puesto, entre otros castigos (Pen C. 15)
Los crímenes se dividen en: felony (felonía)
o delito mayor, misdeamenor o delito menor e infraction
o infracción.
La felonía es un crimen castigado con cárcel en la
prisión del Estado e incluso la pena de muerte, y son aquellas
ofensas graves como violaciones, robo a mano armada, abuso de menores,
tráfico de drogas, entre otros. Una felonía agravante
es sinónimo de deportación o de inadmisibilidad en
Estados Unidos.
Todos los otros crímenes u ofensas públicas son misdeamenor,
excepto las ofensas clasificadas como infracciones.
Una infracción no implica cárcel, sino multas, rehabilitación
o servicio comunitario.
* Coimsal Consultoría en Inmigración y Negocios Salvadoreño
Americana.
Tels.: 273- 31 36 /275- 95 08 / 275- 95 09
El beneficio migratorio finaliza hoy
Hoy martes 8 de marzo es el día D para todos
los salvadoreños elegibles para el Estatus de Protección
Temporal (TPS).
A la medianoche vence el plazo de 60 días otorgado por Inmigración
a nuestros connacionales en Estados Unidos, para poder reinscribirse
a la extensión de 18 meses del plan.
No existe prórroga para acogerse al programa; por tanto,
toda solicitud debe ser enviada antes de las 12:00 de la noche.
Tengamos presente que Inmigración tomará en cuenta
el sello Post marked de las aplicaciones, es decir,
el sello postal de envío de su correspondencia, aunque ésta
llegue días después.
Recuerde que existen oficinas postales que trabajan 24 horas. De
igual forma la Internet es un recurso del que puede echar mano para
realizar la reinscripción.
Para quienes están acogidos al TPS, es clave que conozcan
que sus permisos de trabajo fueron extendidos automáticamente
por seis meses, hasta septiembre de 2005. Hágaselo saber
a su empleador, a fin de que los puestos de trabajo no se pongan
en riesgo por una mala información o desconocimiento.
El llamado es reiterativo a quienes son elegibles para reinscribirse,
aún cuentan con horas disponibles para acercarse al consulado
más cercano y no quedarse fuera del programa.
El TPS llega a su fin
Hoy martes 8 de marzo es el día “D” para todos
los salvadoreños elegibles al Status de Protección
Temporal, TPS.
A las 12 de la noche vence el plazo de 60 días otorgado
por Inmigración a nuestros connacionales en
Los Estados Unidos para poder reinscribirse a la extensión
de 18 meses más del TPS.
Es muy importante que todos sepamos que no existe prórroga
para la registración al programa; por tanto, toda solicitud
debe ser enviada antes de la medianoche de hoy.
Tengamos presente que Inmigración tomará en cuenta
el sello “Post marked” de sus aplicaciones, es decir
el sello postal de recibido de su correspondencia, aunque ésta
llegue a Inmigración días después.
Recuerde que existen oficinas postales que trabajan 24 horas. De
igual forma el Internet es un
recurso del que puede echar mano para realizar la reinscripción.
Para quienes están acogidos al TPS es clave que conozcan
que sus permisos de trabajo fueron extendidos automáticamente
por seis meses, es decir hasta septiembre del 2005. Hágaselo
saber a su empleador a fin de que los puestos de trabajo no se pongan
en riesgo por una mala información o
desconocimiento.
Por nuestra parte, el llamado reiterativo a quienes son elegibles
al TPS es a reinscribirse, aún cuenta con horas disponibles
para acercarse al consulado más cercano por información,
y garantizar no quedarse fuera del programa.
Los errores que cuestan muy caro
Los beneficiarios de procesos de petición familiar en su
cita final para recibir la residencia, se les solicita la solvencia
de la policía y en algunos casos de antecedentes penales.
Estos documentos le permiten al consulado verificar el récord
policial o criminal que posee el futuro residente estadounidense,
y tienen una validez de 90 días.
La obtención de estos documentos es sencilla, pero a algunos
se les complica sobre todo si viven en el interior del país.
Uno de los casos que se nos presentó es el de don Feliciano,
residente en Comacarán, San Miguel, y quien está realizando
todas las diligencias de Francisco, su nieto de 14 años.
Al conocer que la solvencia policial era parte de los requisitos,
don Feliciano, contrariado, se acercó a una supuesta agencia
migratoria que orienta a las personas y le aconsejaron,
primero,
ir a la delegación
policial local, luego a la departamental y finalmente hasta San
Salvador.
Todo esto fue innecesario, ya que su nieto por ser menor de edad,
está exento de tal proceso. Los sujetos que mal orientaron
a don
Feliciano, sólo le ocasionaron gastos de tiempo, dinero y
demoras en el trámite.
Si usted vive en el interior y es mayor de 18 años debe obtener
este documento en el Departamento de Solvencias de la Policía
Nacional Civil en San Salvador.
Conozca lo más reciente en migración
Recientemente la Cámara Baja del Congreso de Estados Unidos
aprobó con 261 votos a favor la propuesta HR 418. Esta ley
propone la creación de un formato único de licencias
de conducir a nivel nacional, restringe el proceso de asilo político
y avala la construcción de un nuevo muro en la frontera mexicana.
La ley Real ID Act, prohíbe, además, el
utilizar licencias de conducir para abordar aviones o ingresar a
edificios federales. El nuevo formato propuesto para las licencias,
incluye una fotografía numérica, la fecha de nacimiento,
domicilio, firma de la persona, así como medidas de seguridad
que vuelvan más difícil su falsificación.
La ley plantea que la vigencia de la licencia expire la misma fecha
que los permisos de residencia, ya sea temporales o permanentes.
Real ID Act, busca aumentar el número de agentes de la Patrulla
Fronteriza y agiliza el proceso de deportaciones, pero para que
entre en vigencia, falta la aprobación del Senado. Por otra
parte, ya en tierra cuzcatleca, nos encontramos a la expectativa
de la entrada en circulación de los nuevos formularios DS
156, o formulario para visa de no inmigrante (turista), los cuales
se espera comiencen a ser utilizados en las próximas semanas.
Hoy por hoy, el antiguo formato es aceptado.
Sólo quedan 30 días para reinscribirse
El TPS permite a los connacionales trabajar, estudiar, obtener licencias
de conducir, abrir cuentas de banco, entre otros beneficios.
Debido a ello es importante no perder de vista que para poder registrarnos
tenemos únicamente 30 días más, por lo tanto
es imperativo aplicar cuanto antes, previendo cualquier inconveniente.
Es muy importante la labor que realizan los consulados salvadoreños
en Estados Unidos, a nivel de asesoría y asistencia en el
llenado de aplicaciones, pero no debe esperar el último minuto
para acercarse.
Tenga muy en cuenta lo siguiente y aliente a familiares y amigos
a realizar el trámite cuanto antes.
1-Adjunte el Money order con las cantidades requeridas,
correspondientes a los pagos de formularios. 2-Llene de forma completa
y correcta cada forma.
3-Escriba con claridad su número de Extranjero (Alien Registration
Number).
4-Asegúrese de firmar la documentación donde se indica.
Estos sencillos consejos le evitarán grandes inconvenientes
a la hora de realizar su trámite.
* Coimsal Consultoría en Inmigración y Negocios Salvadoreño
Americana.
Tels.: 273- 31 36 /
275- 95 08 / 275- 95 09
Demande las cuotas alimenticias
Cada año decenas de mujeres y, también, hombres demandan
a sus anteriores cónyuges o parejas por la cuota alimenticia
de sus hijos en común.
Muchos de los demandados huyen de sus responsabilidades y, sobre
todo, quienes están fuera de El Salvador creen que no podrán
ser obligados a cumplir con su deber.
Es importante que sepa que sí existen mecanismos a los cuales
puede recurrir a fin de poder canalizar la cuota alimenticia de
sus hijos, no importa que el padre no esté domiciliado en
El Salvador.
Si usted es una de esas madres o padres que desea gestionar ayuda
económica para sufragar parte de los gastos educativos, de
alimento y salud de sus hijos desde el exterior, debe seguir los
siguientes pasos:
1. Prepare una solicitud y envíela a la Procuraduría
General de la República.
2. Posteriormente mande una nota al consulado de El Salvador en
la ciudad donde resida la persona demandada para que de allí
se le cite. El mecanismo incluye una reunión y conversaciones
para que las partes acuerden el monto de la cuota alimenticia.
3. El consulado se encarga de enviar a El Salvador el money
order desde Estados Unidos u otro país, para que sea
entregado a la persona interesada dentro de El Salvador con ayuda
de la Procuraduría General.
* Coimsal
Consultoría en Inmigración y Negocios Salvadoreño
Americana.
Tels. 273 31 36 / 275 95 08 / 275 95 09
Sobre mitos y realidades migratorias
raíz de los rumores que se escuchan
sobre determinados procesos migratorios, hoy aclararemos algunos
puntos. En primer lugar contar con una visa de no inmigrante válida
no garantiza el ingreso a Estados Unidos de un visitante, la determinación
del ingreso o no, la hace el Oficial de Inmigración que realiza
la inspección en el puerto de entrada.
Segundo: un proceso de petición familiar no garantiza a nadie
la entrada como inmigrante legal, existen ciertas condicionantes
que cumplir y el aplicante no debe encontrarse en ninguna clasificación
de inadmisibilidad bajo las leyes de inmigración.
Tercero: muchos piensan que poseer un proceso de petición
familiar abierto es suficiente o bien abona para calificar a una
visa de turista, y desafortunadamente en la mayoría de los
casos sucede lo contrario.
Cuarto: se dice además que para las personas de la tercera
edad es bien fácil que puedan obtener una visa,
y que no les solicitan muchas pruebas. Sepamos que de acuerdo a
la ley todo aplicante debe calificar por medios propios. Para evitar
caer en confusiones o errores, no dé por hecho los rumores
o comentarios que escucha en la calle, mejor busque el consejo de
especialistas en el tema y evite ser sujeto de engaños.
* Coimsal
Consultoría en Inmigración y Negocios Salvadoreño
Americana.
Tels. 273 31 36 /
275 95 08 / 275 95 09
Cuidado con las estafas en el TPS
Miles de salvadoreños amparados al
Programa de Protección Temporal (TPS), tendrán la
oportunidad de trabajar legalmente por 18 meses más, luego
del anuncio oficial sobre la extensión del estatus.
Más de 250 mil compatriotas amparados en los dos períodos
anteriores deberán prepararse para esta reinscripción,
sin embargo, luego de los atentados del 11 de septiembre, las aplicaciones
serán revisadas minuciosamente, verificando el récord
migratorio o criminal de cada uno de los aplicantes, por lo que
no todos podrán renovar el permiso de trabajo. Los consulados
y oficinas jurídicas están listos para ofrecer sus
servicios de asesoría en el llenado de las formas, I-765
y la forma I-821, además de la toma de huellas.
Ante el alboroto de esta nueva reinscripción, pueden surgir
oficinas fantasmas o estafadores que buscan lucrarse con este proceso,
por lo que deben buscar ayuda profesional y garantizar el llenado
correcto de los formularios que serán enviados a U.S Citizenship
and Inmigration Services, Attn TPS El Salvador, PO Box 87583, Chicago,
IL 60680- 0583. Si tenemos familiares amparados, recordémosle
de no contradecir la ley y no cometer delitos que pongan en peligro
su elegibilidad en futuros procesos migratorios.
* Coimsal
Consultoría en Inmigración y Negocios Salvadoreño
Americana.
Tels. 273 31 36 / 275 95 08 / 275 95 09
Con más esperanza
en el 2005
Lic. Sandra Guevara
COIMSAL
El Diario de Hoy/elsalvador.com
Ayuda@elsalvador.com
Más de 34 mil salvadoreños
fueron deportados en 2004, de acuerdo a la Dirección General
de Migración.
Cifra alarmante que muestra los altos índices de emigración
de nuestra gente, desafortunadamente la mayoría de ellas
de forma indocumentada.
El 2005 es un año esperanzador para los salvadoreños
en el exterior, primero por una posible reforma migratoria que beneficiará
a millones de trabajadores indocumentados en Estados Unidos; además
de una nueva extensión del TPS.
De acuerdo a cifras oficiales, unas 93 personas emigran de nuestro
país al día por vías irregulares, lo más
alarmante de la situación es que los datos sigue creciendo
ya que durante el 2004 hubo un aumento del 8% en comparación
con el año anterior.
El llamado para este 2005 es que valoremos muy detenidamente la
idea de emigrar de forma indocumentada ya que los peligros que se
enfrentan son cada vez más grandes: asaltos, abandono, ataques
sexuales, golpes, amputaciones o incluso muerte
Pero principalmente
no enviemos por estas vías a nuestros pequeños, ya
que para un menorcito los riesgos se ven aumentados y no están
preparados ni física ni sicológicamente para enfrentarlos.
No permitamos que los nuestros aumenten las estadísticas.
* Coimsal Consultoría en Inmigración
y Negocios Salvadoreño Americana.
Tels. 273 31 36 / 275 95 08 / 275 95 09

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