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Permisos especiales para viajar a EE.UU.

Desconocida. El beneficio que ofrece el “Humanitarian Parole” es ignorado por muchos. Concede una oportunidad de viajar por emergencia.

Publicada 15 de septiembre 2006, El Diario de Hoy

Raúl Benítez
ayuda@elsalvador.com

Primero la visa. Las autoridades de la Embajada piden agotar las posibilidades antes de solicitar el permiso especial. Fotos EDH / archivo

Emma Orellana tenía que viajar a EE.UU. con urgencia. Ella era la única donante de riñón con que contaba su hermano, José Orellana, residente enNueva York.

La salvadoreña intentó, en tres ocasiones obtener una visa, pero cada vez que llegaba a la Embajada de EE.UU. en el país encontró un no por respuesta.

Con la ayuda de una asociación guatemalteca Orellana consiguió un permiso especial llamado “Humanitarian parole” (Libertad condicional humanitaria) por medio del cual pudo viajar y permanecer seis meses, tiempo justo para extirparse el riñón, entregárselo a su hermano y recuperarse de la operación.

Confusión

Pocos conocen este permiso especial y el beneficio que ofrece en un momento de emergencia.

Sandra Guevara, de Consultoría en Inmigración (Coimsal) dice que con frecuencia se conocen casos de personas que desean viajar a EE.UU. por razones humanitarias. “Ellas pueden optar a este ‘parole’ en circunstancias especiales, ya sea para ver a un familiar enfermo o como documento de viaje para refugio o asilo”, explicó.

Rebecca Thompson, vocera de la embajada americana, asegura que muchos confunden este permiso con una visa.

“Es algo muy diferente, el ‘Humanitarian parole’ sólo puede ser autorizado por el Departamento de Seguridad Interna”, afirmó.

Thompson explica que a pesar de existir este beneficio, los salvadoreños primero deben solicitar una visa de turismo o de negocios (B1 o B2) y en caso de que no sea otorgada se puede pedir el formulario I-131 y para enviarlo directamente al Departamento de Seguridad Interna en Washington. Los trámites son juzgados en un lapso de 60 ó 90 días hábiles.

“Si se demuestra que no será un cargo para el sistema público de Estados Unidos, se verá una respuesta en poco tiempo”, puntualizó Guevara.

Resuelto. Orellana pudo viajar en 2004 gracias al trámite. Fotos EDH / archivo

Preguntas frecuentes

El permiso le será otorgado por un máximo de un año, y éste no es igual que una visa, y tampoco puede servir para un ajuste de estatus o para obtener la residencia. Es un permiso especial que se basa en emergencias

¿Quién lo aprueba?
El Secretario del Departamento de Seguridad Interna evalúa caso por caso. Este beneplácito lleva a EE.UU. a una persona que antes era inadmisible. La Embajada no tiene nada que ver con este trámite.

¿Quienes aplican?
Cualquier persona que demuestre que necesita viajar a Estados Unidos por una emergencia, por ejemplo, si tiene familiares graves o si será donante de órganos.Todos los casos son evaluados.

Comprobar estado
Debe ponerse en contacto con la Asistencia del Humanitarian Parole en Washington, directamente y por escrito. Hay que proveer toda la información específica sobre su diligencia.

¿Cuándo notifican?
El solicitante recibirá un aviso por escrito una vez que su documento ha sido juzgado. El Departamento de Seguridad Interna puede tardar de 60 a 90 días hábiles para aceptar una petición.

¿y si no la aceptan?
La negativa de una demanda es una determinación discrecional basada en la revisión de cada caso. Si hay hechos que poner en consideración, se puede mandar una nueva sumisión, con una nueva cuota de entablación.

Pasos para el “Parole”

La información se enviará al Departamento de Seguridad Interna

  1. Pedir una visa
    Las autoridades de la Embajada dicen que primero hay que solicitar una visa para turismo o negocio (B1 o B2) antes de pedir un permiso especial. En caso de ser denegada, se solicita el permiso.
  2. Solicitud i-131
    El “Humanitarian Parole” puede ser solicitado directamente en el sitio del Servicio de Inmigración y Ciudadanía de EE.UU.: http://www.uscis.gov/graphics/services/humanparole/index.htm
  3. Datos completos
    En cada petición a enviar se debe incluir: nombre completo, fecha, ocupación y lugar de nacimiento del solicitante. También la dirección y la relación de la persona que lo recibirá.
  4. Patrocinador
    Se debe comprobar que la persona que solicita el permiso no será una carga para EE.UU.; por lo tanto se debe adjuntar la información necesaria de la persona que se encargará del solicitante.
  5. Dirección
    Las formas se envían a la siguiente dirección:
    Department of Homeland Security 425 I St., N.W.ATTN: Parole and Humanitarian Assistance BranchWashington, DC 20536.

 

 
 
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