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Edición:
25 de enero de 2004
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Setenta
y cinco mil 332 personas gozan el derecho de pensión
por vejez en el país.
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Jubilarse
es el anhelo de muchos. Sin embargo, existe una realidad que
no se
puede ocultar, y es la falta de interés por mejorar
estas prestaciones.
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| Las
pensiones constituyen la única fuente de ingreso
para algunos ancianos. |
Los adultos
mayores que tienen el beneficio de poseer una pensión
por vejez son muy pocos si se toma en cuenta que en la actualidad
existen 659,195 personas mayores de 60 años, de quienes
solo 75,332 gozan de una pensión.
Para poder optar a la jubilación primero deben cumplir
varios requisitos legales, y de no hacerlo se corre el riesgo
de perderla o en el mejor de los casos recibir un pago único
por el tiempo
cotizado.
Según el articulo 50 de la Constitución de la
República, la seguridad social constituye un
servicio de carácter público de carácter
obligatorio. La ley regulará sus alcances, extensiones
y forma. Dicho servicio será prestado por una o varias
instituciones, las que deberán guardar entre sí
la adecuada coordinación para asegurar una buena política
de protección social.
En nuestro país, los encargados de brindar seguridad
social a los salvadoreños son el Instituto Salvadoreño
del Seguro Social (ISSS) y el Instituto Nacional de Pensiones
de los Empleados Públicos (INPEP), así como
el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada
(IPSFA), que se encargan de dar cobertura en materia de seguridad
social exclusivamente a las personas que han prestado servicio
militar.
Sin embargo, a partir de abril de 1998 surgió un nuevo
sistema provisional de pensiones, con el que se pretendía
derogar las disposiciones legales aplicables en los regímenes
del ISSS y del INPEP.
A partir de entonces, cerca de 900 personas a punto de jubilarse
se acogieron al nuevo Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP),
quienes vieron disminuido hasta en un 30% el monto de su jubilación
en comparación con el sistema público. En igual
situación se encuentran unas 138 mil personas que se
retirarían en los próximos años.
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Conozca
sus derechos
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Derecho a no ser discriminados por su edad, sexo
o cualquier otra condición.
Recibir un buen trato, consideración
y tolerancia por parte de la familia, la sociedad y
el Estado.
No ser obligados a realizar labores o trabajos
que no sean acordes a sus posibilidades o condiciones
físicas que menoscaben su dignidad.
Recibir alimentación, transporte y
vivienda adecuada.
Disfrutar de un envejecimiento útil
a la sociedad, entendiéndose éste como
el aprovechamiento máximo de sus experiencias
adquiridas, participando activamente en el desarrollo
de sus capacidades y habilidades.
El
monto del salario mínimo
$151.2 Hay pensiones menores del salario mínimo.
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Para remediar
esta situación, el 11 de abril del 2003, la Asamblea
Legislativa aprobó un decreto especial de Equiparación
de Pensiones para Afiliados Optados, comprendido en el artículo
184 de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones. Con esta
ley se pretendía aumentar un promedio del 35% el monto
de las pensiones para las personas que optaron a trasladarse
a las AFP.
Pensiones que no alcanzan
A pesar de los esfuerzos que se han realizado para mejorar
el monto de las pensiones públicas, en la práctica
no se han revalorizado (aumentado) desde enero
de 1998, a pesar de que en el artículo 210 de la Ley
del Sistema de Ahorro para Pensiones dice todas las
pensiones otorgadas por el Sistema de Pensiones Públicos
se revalorizarán anualmente en el porcentaje que el
Ministerio de Hacienda determine, a partir del ejercicio fiscal
de mil novecientos noventa y ocho.
El aumento de las pensiones ha quedado a discrecionalidad
del Ministerio de Hacienda, de acuerdo a los recursos que
posea la institución en cada ejercicio fiscal,
asegura el señor José Simón Pérez,
jefe del área de pensiones del ISSS, quien además
asegura que has- ta el año pasado en esta institución
existían 46,806 pensionados.
Si se toma en cuenta que el salario mínimo es de 151.20
dólares para los empleados se puede percibir que los
pensionados reciben una cuota mínima de 100 dólares
mensuales (equivale a 3.33 dolares al día), por lo
que deben hacer verdaderos milagros para satisfacer sus necesidades
básicas de alimentación, vestuario, medicinas
y pago de los servicios básicos.
Lo ideal es que exista una pensión universal
a los 65 años para los adultos mayores que no tienen
bienes propios o que estén abandonados. Este derecho
es algo que debería estar plasmado en las leyes y en
el Código de Familia, afirma la doctora Beatrice
de Carrillo, procuradora de Derechos Humanos de El Salvador.
Debido al precario estado de las pensiones para vejez es importante
que nos preguntemos si al llegar a nuestra jubilación
podríamos sobrevivir con una pensión mínima
muy abajo del salario mínimo urbano.

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En el
país existen algunos casos de pensionados que les depositan
70 dólares, como el caso de la señora Isabel
López de 63 años, quien es jubilada por parte
del ISSS desde hace siete años.
Si no fuera por la ayuda que recibo por parte de mis
familia hace mucho tiempo que hubiera tenido que pedir limosna
para subsistir, afirma la jubilada.
Cada mes debe cancelar el servicio de agua ($4), energía
eléctrica ($25), teléfono ($20), alimentación
($100), asistencia medica especializada ($20 consulta
mensual más el precio de los medicamentos). En total
gasta un aproximado de 190 dólares cada mes.
¿Cómo se ponen a creer que con 70 dólares
voy a sobrevivir todo un mes?, dice la señora
de López, quien también afirma que es irónico
que a pesar de haber cotizado durante 30 añ
os aún
continúen descontándole el pago del servicio
de salud en el ISSS.
| Requisitos
a cumplir |
Si
usted se encuentra próximo a integrarse al Sistema
de Pensiones Público ponga atención a los
siguientes requisitos:
Haber cumplido 60 años de edad los
hombres y 55 años las mujeres.
Registrar 25 años o más de
cotización, ya sean continuos o discontinuos, desde
su afiliación al ISSS o al INPEP.
A los asegurados que permanezcan afiliados
en el Sistema de Pensiones Público (SPP) se les
aplicará un régimen transitorio para el
cumplimiento de los requisitos de tiempo de servicio mínimo.
Documentos que debe presentar:
Número único previsional
(NUP), (original y fotocopia) y Partida de nacimiento
del afiliado (original).
Fotocopia de tarjeta de afiliación
(en hoja completa) y del Documento único de identidad
Personal (DUI).
Constancia de retiro de último empleador,
Acuerdo de renuncia (empleados ISSS) |
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