SUCESOS

  INICIO   NOTICIAS

La lenta muerte y repentina resurrección del PDC y PCN

Cincuenta años de historia pedecista y pecenista han quedado en suspenso luego de que la Sala de lo constitucional los sentenciara a morir y el TSE los ejecutara. La sala de lo contencioso los ha revivido, por ahora

El Diario de Hoy

Rodolfo Parker, el principal dirigente del PDC contra argumenta la resolución de la Sala de lo Constitucional de abril de 2011, en que no les declara muertos sino a que el TSE inicie el proceso. A él se unieron en conferencia informativa los dirigentes del PCN, el otro afectado. Foto: EDH

Abril de 2011 marcó el comienzo del calvario de los dos partidos políticos más antiguos del país: PDC y PCN. Un calvario que comenzó con una orden de iniciar su cancelación de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en respuesta a un recurso de amparo en el que se alegaba que ambas instituciones no habían alcanzado en las elecciones de 2004 la cantidad de votos requeridas para seguir viviendo.

Cinco meses después fueron declarados legalmente muertos por las autoridades electorales y un mes más tarde revividos por la Sala de lo Contencioso de la CSJ.

En ese estado yacen esos partidos mientras no se dilucide si el Tribunal Supremo Electoral (TSE) violentó o no el proceso establecido en el Código Electoral para la desinscripción de partidos políticos.

Así se puede resumir las vicisitudes de pedecistas y pecenistas a lo largo del año, y que hasta el momento no parecen tener fin.

Para la Sala de lo Constitucional y el TSE están muertos, pero para la Sala de lo Contencioso están vivos, porque al admitir el recurso de los partidos contra el TSE, la cancelación queda congelada. Todo comenzó el 29 de abril, cuando la Sala de lo Constitucional colgó en la cuenta oficial de Facebook y de Twitter su sentencia en la que prácticamente los condenaba a morir.

En esa resolución, respaldada por cuatro de los cinco votos de los magistrados que integran esa instancia, se declaró inconstitucional el decreto que mantuvo con vida a ambos partidos luego de que no alcanzaran en las elecciones presidenciales de 2004 los votos requeridos según las leyes electorales vigentes.

El PCN obtuvo 61,781 votos que equivalían al 2.71 % del universo de sufragios válidos, mientras que la coalición PDC-CDU logró 88,737 equivalente al 3.9 %. Ni azules alcanzaron el 3 % requerido por ley para seguir con vida, ni pescados el 6 % que la entonces normativa electoral vigente les exigía a las coaliciones.

“El TSE debe iniciar el proceso de cancelación de los partidos políticos que no alcanzaron el porcentaje de mínimo establecido en la legislación que regulaba el evento electoral en cuestión”, concluyeron los cuatro magistrados, con lo que sentenciaban la desaparición de pedecistas y pecenistas, que en 2011 celebraron sus respectivas bodas de oro.

Los magistrados argumentaron que el decreto legislativo y luego ratificado por la entonces Sala de lo Constitucional que presidía Agustín Calderón, el cual los había mantenido vivos es ilegal.

Los magistrados adujeron en su resolución que no podían sobrevivir vía decreto (el 586) y de manera retroactiva, es decir, no podía ampararlo un año después de haber ocurrido el evento electoral que los dejó fuera de la vida política. El decreto que los salvaba fue respaldado por la entonces Sala de lo Constitucional bajo el argumento de que de lo contrario se produciría una polarización en el país, pues solamente quedaban en el espectro ARENA y FMLN.

Pero la actual Sala de lo Constitucional argumentó en su sentencia que al mantenerlos con vida no se estaba respetando la voluntad del electorado, que les otorgó un respaldo insuficiente. Desde ese momento, pecenistas y pedecistas iniciaron una batalla por sobrevivir que a estas fechas aún no ha terminado.

Rodolfo Parker, el secretario general del PDC, argumentó dos cosas para no darse por muerto: que nunca se acogieron al famoso decreto que declaró ilegal la Sala de lo Constitucional, y que además en la sentencia no se ordena directamente cancelarlos sino a “iniciar” el proceso de cancelación, que no es lo mismo, según dijeron.

“Conforme al texto del fallo, si bien ha hecho mención de todos los partidos políticos que participaron en la elección presidencial del año 2004 y por razones teóricas ha dado una resolución genérica, no le es aplicable ni al PCN ni al PDC, porque no caen en los supuestos de haber sido anulados ni de haber sido partidos que se les aplicó el decreto 586”, afirmó Rodolfo Parker, durante una conferencia conjunta con la cúpula del PCN.

El argumento de Parker es que los dos partidos se ampararon en la misma Sala de lo Constitucional en 2004 y que esta les favoreció, por lo que desde entonces han mantenido vida jurídica. Ciro Cruz Zepeda, el secretario general del PCN, dijo en esa misma conferencia que la decisión de la Sala de lo Constitucional era parte de “una conspiración” de algunos magistrados en contra de su partido y del PDC.

“Esto más parece una conspiración contra unos partidos políticos que lo que buscan es hacerlos desaparecer, pero se van a equivocar porque nosotros tenemos la suficiente fortaleza política y la organización a nivel nacional como para poder, si fuera necesario, que no es necesario, reinscribir cien mil electores”, reaccionó Zepeda.

Una batalla por vivir o morir comenzaba ese día y esa comenzó en el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a donde presentaron sus argumentos contra el fallo de la Sala, pero esos no los valieron.

Todas las miradas y las expectativas estuvieron puestas desde entonces en el TSE, que tardó cinco meses en resolver desde que abrió el proceso de cancelación ordenado por la Sala. El presidente del organismo colegiado, el efemelenista Eugenio Chicas, repitió una y otra vez que acatarían la sentencia de la Sala, y también anticipó que la decisión final sobre el asunto sería “apegada a derecho”.

Muertos y luego revividos Y la decisión llegó el 1 de julio de 2011. Los magistrados Eugenio Chicas, Eduardo Urquilla y Gilberto Canjura firmaron la sentencia de muerte del PDC y del PCN. Se opusieron los magistrados Fernando Argüello, quien junto a Urquilla representa en el organismo a la CSJ, y tampoco apoyó Walter Araujo, delegado de ARENA.

Pese a que el Código Electoral establece que para dejar en firme la cancelación de un partido político se debe contar con mayoría calificada del organismo colegiado, es decir, cuatro de cinco votos, la ratificación de la sentencia del Tribunal fue aprobada nada más con mayoría simple, o sea con solo tres votos.

“Este Tribunal resuelve (a) Cancélase la inscripción del instituto político Partido de conciliación Nacional (PCN); (b) Ordénese al secretario general de este Tribunal que asiente la cancelación del Partido de Conciliación Nacional y margine la presente la presente cancelación en el asiento de inscripción del referido partido político; (c) Publíquese de forma íntegra el asiento de cancelación en el Diario Oficial; (d) Notifíquese”, afirma el fallo del TSE.

“Este Tribunal, principalmente se fundamenta, primero en la sentencia de la Sala de lo Constitucional que ordenó iniciar el proceso de cancelación, y desde el punto electoral, en la decisión, en este caso de este Tribunal, a partir de que ambos institutos políticos no alcanzaron el tres por ciento de los votos que exigía la ley al momento de participar en las elecciones”, argumentó el magistrado Eugenio Chicas, al defender la decisión. Mientras las posturas de Argüello y Araujo fueron contrarias.

“Nunca me voy a poder apartar del hecho de que esa norma del tres y el seis por ciento fue declarada inconstitucional”, dijo Argüello. Araujo contraatacó con el hecho de que la normativa no puede ser aplicada “ultractivamente”.

La cancelación por parte del TSE quedó sellada el 23 de septiembre cuando mandó a publicar en el Diario Oficial, en el tomo 392. Desde entonces, el magistrado Chicas no volvió a mencionar a ambos partidos entre los contendientes para 2012. Pese a la cancelación, la dirigencia pecenista y pedecista insistía en que seguían vivos.

Los dirigentes del PDC y del PCN no se quedaron con los brazos cruzados y acudieron a la Sala de lo Contencioso porque, a su juicio, los tres magistrados violentaron el artículo 80 del Código Electoral que establece que la desincripción de un partido político se debe decidir por mayoría calificada y se decidió por mayoría simple.

La demanda fue admitida. Miguel Ángel Cardoza, magistrado presidente de esa instancia, dijo que lo que les corresponde es vigilar si fue legal el procedimiento de cancelación.

El TSE recurrió a esa misma Sala a solicitar suspender el acto reclamado pero no tuvo eco y reclamó su autoridad en temas electorales, pero fue rechazado; luego pidió amparo ante la Sala de lo Constitucional pero también fue denegada porque adujo que no podía fallar sobre una medida cautelar y dejó en manos de la otra Sala el destino de los dos partidos políticos más antiguos del país. El proceso en la Sala de lo Contencioso seguía en estudio hasta el cierre de esta publicación.