



¿Como me puedo volver a registrarme para una extensión del TPS?
Si a usted ya le han concedido TPS a través del programa de El Salvador, su TPS se vencerá el 9 de septiembre de 2007.
Las personas a las que les concedieron el TPS anteriormente, bajo el programa de El Salvador, pueden solicitar una extensión durante el período indicado de 60 días, sometiendo lo siguiente: (si la solicitud de TPS está pendiente, la persona necesita volverse a registrar durante el período indicado de registro).
• La Solicitud para Estatus de Protección Temporal (TPS) o Forma I-821
• La Solicitud de Autorización de Empleo o Forma I-765
• Dos fotografías de Identificación ( 1 _” x 1 _”).
• Los solicitantes para una extensión del TPS no necesitan someter nuevas huellas
digitales, y por lo tanto, no necesitan someter la cuota de $50.
• Los niños que son beneficiarios del TPS y quienes han cumplido 14 años, pero que no se tomaron las huellas digitales anteriormente, deben pagar los $50 con la solicitud de extensión.
• Además, el dar fe de mantener continuamente las condiciones de elegibilidad en la primera parte de la Forma I-821 generalmente excluye la necesidad de aportar documentos de apoyo o evidencia.
• El SIN, sin embargo, reserva el derecho de pedir información adicional y/o documentación si lo determina necesario en cualquier caso.
|
|