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Ley
de Inversiones
A) Clima de Inversiones
La Ley de Inversión Extranjera brinda a los inversionistas
tramites ágiles y sencillos que le permiten establecerse y
operar lo mas rápido posible.
Actualmente, el clima de inversión ofrece atractivos tales
como:
No existencia discriminatoria a la inversión extranjera
Flujo de capital sin restricciones y sin limitaciones, tanto fuera
como entro del país (incluyendo ganancias, pago de prestamos
e intereses, regalías o cualquier transferencia de fondos generados
por la inversión)
Participación equitativa. No hay limite en
el porcentaje de acciones o limite a la inversión extranjera
Solución de diferencias a través del
marco jurídico salvadoreño o aquellos determinados por
el Centro Internacional de Solución de Conflictos de Inversión,
(ICSD).
Respeto a la Propiedad Intelectual e Industrial
Incentivos a las zonas francas y recintos fiscales
- Maquinaria, materia prima, equipo de trabajo y bienes intermedios
pueden ser introducidos libres de impuestos
- Importaciones libres de impuestos para combustibles y lubricantes
- Exención del impuesto sobre la renta por 10 años
- Exención por 10 años del impuesto al valor agregado
(IVA)
- Exención de impuestos municipales por 10 años
- Opción de vender hasta un 15% de producción al mercado
local y Centroamérica (excepto textiles y confección)
Incentivos adicionales
- Depreciación acelerada de bienes de capital
- Exención del impuesto al valor agregado para la importación
devienes de capital que sirvan para producir otros bienes
- Eliminación de impuesto a las ganancias de capital
Se ha creado la Oficina Nacional de Inversiones, (ONI), dependencia
del Ministerio de Economía, la cual opera como ventanilla única
para atender a los inversionistas de manera personalizada. Dicha oficina
facilita las autorizaciones para establecer operaciones , asesora
legalmente a los inversionistas sobre los requisitos a cumplir y simplifica
los procedimientos.
B.) Acuerdos de Promoción y Protección
Reciproca de Inversiones
El Salvador tiene como objetivo fundamental garantizar un espacio
económico atractivo para la inversión extranjera Por
lo anterior, se han suscrito Acuerdos Bilaterales de Inversión
con diversos países; estos Acuerdos establecen un marco jurídico
que brinda mayor certidumbre a la inversión de mediano y
largo plazo y regula aspectos como:
Tratamiento no discriminatorio a los inversionistas extranjeros
Protección y seguridad de la propiedad
Facilidades de entrada y permanencia en el país
Libre transferencia de las rentas
Solución oportuna de divergencias relativas a las inversiones
A Enero del 2000 se habían suscrito Acuerdos Bilaterales
de Inversión con:
- Francia (1992)
- Ecuador (1994
- Confederación Suiza (1995)
- España (1995)
- Argentina (1996)
- Perú (1996)
- Taiwán (1996)
- Chile (1997)
- Alemania (1998)
- Paraguay (1998)
- Corea (en tramite de ratificación)
- Nicaragua (1999)
- Estados Unidos (en tramite de ratificación)
- Marruecos (en tramite de ratificación)
- Canadá (1999)
- Unión Bélgica-Luxemburgo (2000)
- Gran Bretaña (2000)
- Países Bajos (2000)
- Republica Checa (2000)
- Israel (en tramite de ratificación)
- Uruguay (en tramite de ratificación)
- Belice
- Finlandia
C.) Iniciativa dela Cuenca del Caribe (ICC)
En el marco de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, (ICC), los
Estados Unidos otorgan a El Salvador libre acceso a los aranceles
a productos como la tuna, calzado, otros productos de cuero, ropa
hecha con tela estadounidense, entre otros. Además, existe
una cuota que se incrementara en 16% anualmente para ropa hecha
con telas del Caribe o Centroamérica, hechas con hilo estadounidense.
D.) Propiedad Intelectual
Se dispone de una moderna ley promulgada en 1993. El Centro Nacional
de Registros, (CNR), se crea como el ente encargado de registrar
y proteger las patentes, marcas y otros signos distintivos.
Está información a sido proporcionada
por PROESA
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