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Conductor ebrio no es deportado

El fallo del máximo tribunal del país norteamericano supone un paso adelante para los derechos de los inmigrantes

Publicada 11 de noviembre 2004, El Diario de Hoy

Sentencia. La Corte Suprema sentó jurisprudencia. Foto EDH
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Un accidente causado por un conductor ebrio no es un “delito de violencia” que permita al gobierno federal deportar a un inmigrante legal, falló el martes la Corte Suprema en el primero de los tres casos relacionados con los derechos de los inmigrantes.

En una opinión de 11 páginas, el presidente de la Corte Suprema, William Rehnquist, destacó que el tribunal falló unánimemente a favor de Josué Leocal, un floridiano que apeló su deportación a Haití en 2002 tras declarárse culpable de una felonía, conducir ebrio.

El Tribunal de Apelaciones del 11o. Circuito Federal falló que el conducir ebrio es un “delito de violencia” conforme a las leyes de inmigración, porque causó daños físicos a otros.

El Tribunal Supremo no concordó y dictaminó que antes de tomar la drástica consecuencia de la deportación, debe comprobarse la intencionalidad de los hechos.

Un especialista en leyes migratorias indicó que esta resolución sirve de base para casos semejantes, siempre y cuando tengan exactamente las mismas características.



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