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| Sentencia. La Corte Suprema sentó jurisprudencia.
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Un accidente causado por un conductor
ebrio no es un delito de violencia que permita al gobierno
federal deportar a un inmigrante legal, falló el martes la Corte
Suprema en el primero de los tres casos relacionados con los derechos
de los inmigrantes.
En una opinión de 11 páginas, el presidente de la Corte
Suprema, William Rehnquist, destacó que el tribunal falló
unánimemente a favor de Josué Leocal, un floridiano que
apeló su deportación a Haití en 2002 tras declarárse
culpable de una felonía, conducir ebrio.
El Tribunal de Apelaciones del 11o. Circuito Federal falló que
el conducir ebrio es un delito de violencia conforme a las
leyes de inmigración, porque causó daños físicos
a otros.
El Tribunal Supremo no concordó y dictaminó que antes de
tomar la drástica consecuencia de la deportación, debe comprobarse
la intencionalidad de los hechos.
Un especialista en leyes migratorias indicó que esta resolución
sirve de base para casos semejantes, siempre y cuando tengan exactamente
las mismas características.

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