Fesfut, Primera y el Congreso Extraordinario: análisis a fondo

Nuestro fútbol vive un momento crítico y de luchas legales entre sus dirigentes. Explicamos, en términos sencillos, qué está pasando

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Por Carlos López Vides | Twitter: @Celvides

2018-04-13 7:43:31

Hay una batalla campal en el fútbol salvadoreño. Hay dos contendientes claros: la Primera División que preside Ernesto Allwood, y el Comité Ejecutivo de la Fesfut, que está a cargo de Jorge Rajo; con importante accionar de su vicepresidente, Hugo Carrillo.

La lucha legal entre ambas partes tiene un contexto y motivo, y es que ya vienen las elecciones para elegir nuevas autoridades del fútbol, que deberían realizarse en julio próximo. Lo que está en juego, entonces, es quiénes serán los siete miembros del nuevo Comité Ejecutivo (lo de “nuevo” dependerá de si buscan reelección, o no, los actuales directivos) que regirá el fútbol entre 2018 y 2022.

Comité Ejecutivo de Fesfut deniega la petición de Congreso Extraordinario

Se ampara en que, de acuerdo con los Estatutos de la Fesfut, legalmente la petición debe venir desde los miembros de la federación, no de delegados. La Primera podría reunirse y solicitar uno por su parte

Bajo ese marco, el 22 de marzo pasado hubo 13 dirigentes futbolísticos (11 de Primera, uno de Segunda y otro de Tercera, todos delegados al Congreso del fútbol) que pidieron por escrito a la Fesfut que llamara a un Congreso Extraordinario para revisar muchas decisiones federativas recientes, pero el Comité Ejecutivo respondió el martes que no. ¿Hizo bien o actuó mal?

Para responder a estas y más preguntas sobre el caso, entrevistamos a Jonathan Iglesias, abogado español y experto en derecho deportivo, quien tiene casi cuatro años viviendo en El Salvador y que ha seguido de cerca este caso. Iglesias además es comentarista de LMF Radio Magazine y conversó con El Diario de Hoy, a fondo, sobre todas estas inquietudes.

Jonathan, ¿tenían los 13 solicitantes la capacidad legal de presentar la solicitud de Congreso Extraordinario?
No. Está claro que los estatutos de la federación te hablan de la cuarta parte de los miembros. Como el artículo 10 de los estatutos recoge, los miembros son la Primera, la Segunda, la Tercera y las Adfas. ¿Quién es el representante de estas estructuras? Son las juntas directivas de cada una de ellas. (Nota: los que firmaron la petición son delegados al congreso o asamblea; pero los que debieron firmar la misiva eran los representantes de las juntas directivas de Primera, Segunda, Tercera o Adfas, de acuerdo con la reciente solución de la Fesfut. Y como no lo hicieron así, la Fesfut denegó la petición).

¿Entonces sólo hay cuatro miembros que componen al fútbol salvadoreño? ¿Qué pasa con las Adfas, que son 14 a nivel nacional?
En el caso de las Adfas habría que analizar. Muchos compañeros míos (abogados) coinciden en que tendría que ser cada una de las juntas directivas de las Adfas. En este caso, la solicitud fue denegada porque carecen de capacidad legal los peticionarios. Aunque a mi modo de ver, el análisis que hacen es errado. Deja una puerta abierta a que cualquiera (de los cuatro miembros) puede pedir un Congreso Extraordinario. (Pero) hay que tener en cuenta el requisito, que es la cuarta parte de los miembros. Es la cuarta parte de 17.

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¿Por qué 17?
Hay 14 Adfas, por tanto 14 juntas directivas; y tres miembros reconocidos que son las tres ligas profesionales; porque ni entrenadores, ni futbolistas, ni árbitros, ni femenino, ni playa ni sala están reconocidos, de momento no tienen reconocimiento oficial por parte de la federación.

Pero la Fesfut no habla de 17 miembros, habla de cuatro: Primera, Segunda, Tercera y Adfas. Y dejan la puerta abierta para que, si la directiva de al menos uno de estos miembros pide un Congreso Extraordinario, puede hacerlo.
Sí, pero hay un vacío legal. En las Adfas, que son 14 y cada una tiene su junta directiva, ¿tienen junta directiva a nivel nacional? Cuidado. Existe un Reglamento de Adfas de 2009, el cual fue hecho por la Comisión Normalizadora. ¿Hasta qué punto tiene validez este Reglamento? Porque según este Reglamento, habría una Comisión Nacional por encima de cada una de estas juntas directivas de cada Adfa, y habría una Asamblea General Nacional de Adfas. ¿Qué dice el reglamento? Para convocar a un Congreso Extraordinario de Adfas, tendrías que tener la mayoría simple de delegados. Cada Adfa, según el reglamento, tiene que tener tres delegados. Por tanto, son 42. ¿Mayoría simple? Son 22. Para ser sencillo, tendrías que tener ocho Adfas (o sea, 24 delegados) para hacer un Congreso Extraordinario de Adfas, y solicitarle al Comité Ejecutivo, junto con la Primera División, el Congreso Extraordinario de la Federación. Panorama que no se ha dado, y creo que porque no lo saben.

Regresemos a los pedidos que tenían los 13 solicitantes del Congreso Extraordinario. Solicitaban que se retirara los castigos a dirigentes de Primera División, como Lisandro Pohl, Roberto Campos y Guillermo Morán, entre otros. ¿Puede el Comité Ejecutivo sancionarlos como lo hizo, o dichos catigos son ilegales?
La suspensión es una clase de sanción. ¿Cuál es el órgano que tiene la potestad para sancionar? La Comisión Disciplinaria. Es cierto que dentro de las atribuciones del Comité Ejecutivo, el mismo puede suspender a un miembro; también destituir a una persona. En este caso, no ha hecho ninguna de las dos: ha suspendido a una persona. No tiene atribución (para hacerlo). El Comité Ejecutivo puede suspender a la Primera División, o puede destituir al presidente de la Primera; pero no puede suspender al presidente de la Primera. Sí puede hacerlo la Comisión Disciplinaria, pero a través de un proceso disciplinario. Y cuidado, la atribución del Comité Ejecutivo conlleva a llevarlo como punto de agenda al siguiente congreso, que tuvo que ser en diciembre, y no fue. Los castigos que ahora mismo tienen estos directivos son ilegales.

Lisandro Pohl en la conferencia de prensa rodeado de presidentes de Primera División.

Pero aunque sean ilegales, el Comité Ejecutivo argumentó que estos casos no se pueden revisar en un Congreso Extraordinario. ¿Es así?
Tú sí podrías llevar a un Congreso Extraordinario esto (la revisión de estos castigos), no habría ningún tipo de problema, más allá de que fuera ilegal ese castigo.

Pasemos a un punto medular: las Comisiones Electoral y de Apelaciones. Los miembros de ambas deben ser elegidos seis meses antes de las elecciones. O sea que debieron ser designados en diciembre de 2017, en el último Congreso Ordinario, pero no se hizo. Ahora, todo apunta a que será el mismo Comité Ejecutivo actual el que dirigirá las elecciones de julio próximo. ¿Esto es correcto?
Veamos. Como no se eligió a esas comisiones en el Ordinario, cualquiera pensaría que el órgano que lo sustituye para elegir es el Extraordinario. (Pero) con el acuerdo enviado por el Comité Ejecutivo, están diciendo que no, que ellos, como órgano ejecutivo, es el que tiene la potestad de legislar, y que van a ser juez y parte. Eso no está bien.

¿Por qué esto no es correcto?
Primero: el Comité Ejecutivo no tiene esa atribución recogida en los estatutos. Segundo: FIFA te habla como principio de transparencia la división de poderes. La separación de poderes entre el órgano que ejecuta y el órgano que legisla no se da en este caso. Se está violando el Código Electoral, se está violando la norma que va a regular el proceso.

Pero la realidad es que no se eligió estas comisiones en diciembre, no existen, y será el Comité Ejecutivo el que regulará las elecciones mismas. ¿Qué opciones hay si alguien no está de acuerdo?
Personalmente, haría una solicitud de Congreso Extraordinario, donde sé que tuviera los votos necesarios (la cuarta parte de los miembros), y nombraría una Comisión Electoral y una Comisión de Apelaciones. Haría por mi lado las elecciones. Primero tienes que tener los votos suficientes para hacer el Congreso Extraordinario. Una vez teniéndolos, y sabiendo que el Comité Ejecutivo no me lo va a dar, mando copia a FIFA y a Concacaf.

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¿Por qué dices que el Comité Ejecutivo no lo va a aceptar?
Ellos rechazan esto, porque saben que si haces una Comisión Electoral y una de Apelaciones, ellos no se van a poder reelegir. Luego, una vez que el Comité Ejecutivo me diga que no, convoco igual. Pero siempre tienes que tener la cuarta parte. Convocas, con copia a FIFA y Concacaf. Y les dices que el Comité Ejecutivo está violando el Código Electoral, que fue instalado por la Normalizadora en 2010. Habrá dos órganos: el Comité Electoral y de Apelaciones, y el otro es el Comité Ejecutivo. ¿Quién va a nombrar a que el proceso (de elecciones) se abra? La Electoral, no el Comité Ejecutivo. Ojo, hasta que no se termine el proceso electoral, FIFA te dice que el Comité Ejecutivo puede seguir en sus funciones, más allá del 1 de agosto. Pero va a ser la Comisión Electoral la que va a decir cuánto va a tardar ese proceso electoral. Para mí, los seis meses no se pueden modificar (Nota: esto abre la posibilidad a que las elecciones no sean en julio, sino meses más adelante).

¿Qué pasa si el Comité Ejecutivo nombra directamente ambas comisiones (aunque FIFA dicta que no debería); o que no nombra ni comisión, y directamente hace las elecciones, aun siendo juez y parte? ¿Qué soluciones podría tener aquella gente que no está de acuerdo?
Tienes dos soluciones: habrá que mirar si a nivel nacional, en justicia ordinaria, puedes apelar esa elección. Dos: que tengas 60 mil francos suizos (unos 62 mil dólares) y apeles al tribunal internacional de FIFA, en Suiza. Te vas con un proceso ordinario, rápido, con un árbitro, e impugnas las elecciones.