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La comisión ad hoc para estudiar la propuesta de Ley de Minería no tuvo quórum suficiente para reunirse el miércoles pasado.
Foto EDH/Erick Barahona

PCN negociará ley minera con los opositores
» Al menos 18 artículos serán debatidos.
El Diario de Hoy
Miércoles, 18 de Junio de 2008

El país tiene una Ley de Minería vigente, pero la bancada pecenista quiere sustituirla por la que presentaron los diputados Orlando Arévalo, Francisco Merino y Roberto Angulo a finales de 2007.

La comisión ad hoc creada en enero para el estudio de esta propuesta tiene un ritmo de trabajo irregular, aunque esto no significa que el tema no ocupe la agenda de los diputados que la integran. Los más entusiastas del tema y preparados para negociarlo podrían ser los representantes del PCN.

Un integrante de este partido entregó a El Diario de Hoy una copia impresa del proyecto de ley subtitulada “Con cambios sugeridos”. En la que se leen al menos 18 “notas” en las que se advierte cuales artículos de la ley “no son negociables”, cuales sí “son negociables”, y en qué puntos “hacerse de rogar” para que cuando se llegue a “acuerdos”, los defensores del medio ambiente y los diputados del FMLN crean que han tenido un triunfo.

El documento también señala algunos “cambios” como que en lugar de hablar de “regalías” se utilice el término “contribuciones especiales mineras” y que se elimine a la Comisión Nacional de Desarrollo y a la Comisión Nacional de Medio Ambiente de la lista de instituciones que pueden sugerir que una zona de interés ambiental sea declarada no compatible con las concesiones (exploración y explotación) minera.

Dos puntos no negociables son los artículos 75 y 76 de la propuesta. El primer está dedicado al impuesto que las mineras pagarán sobre sus regalías.

El porcentaje a cancelar sería del 3% y se aplicaría sobre las ganancias que se obtengan del volumen de los minerales metálicos extraídos una vez se encuentren refinados y en base al precio internacional vigente en ese momento.

El artículo 76, también punto inamovible, es el que establece que ese 3% se distribuirá entre la Autoridad Minera y el Ministerio de Medio Ambiente, que recibirán el equivalente al 1%. Las municipalidad donde se realice el proyecto extractivo y las municipalidades aledañas recibirán otro 1%, y el Fondo Ambiental de El Salvador se quedará con el 1% restante, solamente cuando se trate de minerales metálicos.

La comisión ad hoc se ha reunido con representantes de la Comisión Nacional de Desarrollo, Oxfam América, y de empresas interesadas en la explotación de oro y plata, pero aún no se ponen de acuerdo sobre el tema. La baraja está repartida: el PCN cree que con esta ley se garantizará que la minería no impacte al medio ambiente, las bancadas de ARENA y PDC se muestran prudentes frente al tema, el CD es crítico con la propuesta de ley y el FMLN se pronuncia totalmente en contra.
Nada de eso es problema para los de Conciliación Nacional, quienes creen tener las cartas necesarias para ganar esta partida.

LEY VIGENTE

- Área de exploración:
El artículo 20 establece: “El área de exploración no deberá ser mayor de 50 kilómetros cuadrados”.

- Tiempo de exploración:
Según el artículo 19: “Las Licencias se otorgarán por un plazo inicial de cuatro años, que podrá ser prorrogado por períodos de dos años hasta llegar a ocho, siempre que el interesado justifique la prórroga solicitada”.

- Autorización de explotación:
El artículo 23 establece que la concesión para explotación se establecerá mediante Acuerdo del Ministerio seguido del otorgamiento de un contrato suscrito entre éste y el Titular.

- Tiempo máximo de explotación:
Esta fase tendrá un plazo máximo de 30 años, prorrogables, según la propuesta.

PROPUESTA

- Área de exploración
El artículo 36 de la propuesta de Ley de Minería presentada por el PCN a la Asamblea establece que el área de exploración no deberá ser mayor de 100 kilómetros cuadrados.

- Tiempo de exploración:
El mismo artículo establece que “la fase de exploración tendrá un plazo de dieciséis años”, el que podrá prorrogarse “si se justifica técnicamente la necesidad de un plazo mayor”.

- Autorización de exploración:
Según el artículo 38, “La Autoridad Minera autorizará el inicio de la fase de explotación en el término máximo de quince días, después de presentada la solicitud. Ante la falta de respuesta dentro del término legal (15 días), se tendrá por otorgada la autorización”.

- Tiempo máximo de explotación:
La fase de explotación durará un plazo máximo 30 años, prorrogable.